¿Vuelo retrasado o cancelado?
Todas las compañías aéreas que vuelan desde aeropuertos en suelo europeo están obligadas a cumplir con la normativa que aparece en el reglamento (CE nº 261/2004).
Retraso– Si la demora se prolonga más de 3 horas, tienes derecho a indemnización, y esta va desde los 250€ para vuelos entre 0 y 1.500 km de distancia, 400€ entre 1.500 y 3.000 km y 600€ cuando la distancia sea mayor de 3.500 km. Además, la línea aérea está obligada a suministrarte asistencia, alimentación, alojamiento (en función del retraso) y un transporte alternativo para llevarte a destino.
Cancelación– Si llegas al aeropuerto y no has sido avisado con al menos 14 días de antelación de que tu vuelo no sale, ¡reclama! Incluso si te han avisado por correo electrónico (indistintamente de la fecha de envío) y no lo has abierto antes de los 14 días del plazo, tienes derecho a las mismas compensaciones que en el caso de los retrasos.